En Quintana Roo, Yucatán y Ciudad de México ya es aplicable
Con la finalidad de reafirmar el valor de la mujer en el ámbito familiar y reconocer el lugar de miles de jefas de familia, la diputada local por Morena, América García, presentó iniciativa por medio de la cual se busca que el primer apellido de un individuo pueda ser el de su progenitora.
La iniciativa que contempla reformas al Código Civil del Estado de Chihuahua propone que los progenitores puedan decidir el orden de los apellidos de sus hijos.
Al exponer la presente iniciativa ante el Pleno del Congreso estatal, mencionó que por décadas el apellido del varón ha figurado al inicio del nombre con el que son registrados los recién nacidos; esto en virtud de que las familias de la antigüedad solían ser representadas por hombres, al considerarse superiores en la estructura familiar.
“Recordemos que, con anterioridad, al hombre se le consideraba el proveedor y la figura de máxima autoridad en el hogar. Esto generaba una especie de alabanza al varón por el simple hecho de serlo; sin embargo, estos conceptos han ido perdiendo su efecto reglamentario ya que las mujeres podemos considerarnos iguales en derechos y toma de decisiones de la vida pública y privada, particularmente en las decisiones sobre nuestros propios hijos”, dijo la legisladora.
La diputada morenista afirmó que a través de reformas como la expuesta se busca dar pleno cumplimiento al Derecho a la Igualdad de Género, consagrado en el artículo 4 de la Constitución Mexicana, así como la Convención para eliminar la Violencia en Contra de la Mujer y a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, teniendo como objetivo el reafirmar el valor de la mujer respecto del hombre.
Cabe mencionar que en el año de 2019, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tomó diversos criterios para poder mencionar que cualquier artículo perteneciente a normas generales o cualquier otra que menciona que el apellido del padre se debe encontrar situado primero que el de la madre, es inconstitucional, bajo el argumento de no cumplir con preceptos establecidos por nuestra Carta Magna y los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte.
Con este fin, se realizaron reformas al Código Civil Federal en años anteriores, donde se establece que los apellidos serán impuestos en el orden que ambos progenitores acuerden ante el Registro Civil, modificaciones que ya se han dado en los Estados de Quintana Roo, Yucatán y la Ciudad de México; por tanto, en dichas entidades el apellido paterno ya no es el que obligatoriamente tenga prevalencia, ahora puede ser el materno el que siga y otorgue identidad a los hijos.