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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está presionando a los congresos locales de Yucatán y Puebla para que legislen en el sentido que ella misma les instruye, dentro de plazos determinados y bajo amenaza de multas personales a cada uno de sus diputados. De acuerdo con oficios judiciales, el caso de Yucatán llega este lunes a un punto de definición.
El patrón es el mismo en ambos Estados: la Corte dicta el contenido exacto de la reforma que debe aprobarse, establece el calendario para hacerlo y advierte con sanciones económicas individuales si los legisladores no votan en consecuencia. Para especialistas en derecho constitucional, la dinámica plantea un problema que va más allá de los temas en discusión: el de la separación de poderes y la soberanía de los Estados.
A través del Oficio 13108/2026, el Juzgado Tercero de Distrito del Estado de Yucatán notificó de manera individual a todos y cada uno de los legisladores que integran el Congreso local. El mensaje fue directo: están obligados a aprobar modificaciones al artículo 1° de la Constitución Política del Estado en materia de reconocimiento y garantía del derecho a la vida. El oficio es categórico: los diputados no tienen margen para analizar si cumplen o no. Simplemente deben acatar lo que determinó el máximo tribunal.
La orden se deriva del Amparo en Revisión 274/2024, mediante el cual la entonces Primera Sala de la SCJN instruyó al Congreso de Yucatán a derogar artículos declarados inconstitucionales en materia de aborto antes de que concluya el periodo ordinario de sesiones en el que se notifique la ejecutoria. El apercibimiento contempla multas individuales de hasta 269 mil 226 pesos por legislador en caso de incumplimiento.
En Puebla, la SCJN utilizó el mismo mecanismo en un tema distinto. A través de la Acción de Inconstitucionalidad 73/2021, el Tribunal Pleno vinculó al Congreso poblano para reformar el Código Civil local con el objeto de establecer un procedimiento de reconocimiento de “identidad de género autopercibida” de menores de edad, con un plazo de 12 meses desde la notificación.
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