La diputada Georgina Zapata, integrante de la Sexagésima Séptima Legislatura, presentó una reforma al Código Penal, en la cual se equipara la reventa de boletos de manera sistemática con fines de lucro con el delito de fraude.
La Diputada Zapata expone que una de las características de los eventos masivos es que, tal como su nombre lo indica, estos son consumidos de manera muy rápida por quien pretende asistir, generando una demanda que supera a la cantidad de boletos de acceso ofertados por los organizadores. Este nicho de interés da pie a que, personas que pretenden sacar ventajosa ganancia de la intención de los ciudadanos de asistir a dichos eventos, adquieren cantidades excesivas de boletos a precios de taquilla, para posteriormente buscar lucrar con la reventa de los mismos, acudiendo a las redes sociales principalmente para ofertar dichos boletos y obtener ganancias, a veces hasta del doble del monto inicial de venta.
“Existen, como en todo nuestro país, revendedores que, comprando en masa boletos para posteriormente revenderlos con una ganancia, dejan a quienes pretenden adquirir los mismos de manera legal imposibilitados puesto que, a pesar de buscar la compra de manera inmediata al momento de ser puestos a la venta, ya los revendedores, a través de sistemas especializados para sus fines de lucro, adquieren bloques enteros de los mismos para llevar a cabo sus acciones desleales”, comentó la legisladora.
Así mismo, la diputada Zapata recalcó el fondo de su propuesta: “Consideramos que esta acción puede equipararse con el fraude, por lo que la presente iniciativa pretende incorporar el articulo 226 TER en el Código Penal, en el cual se establece la equiparación de la reventa de boletos con el delito de fraude, buscando de esta manera regular los mercados negros para que los ciudadanos que busquen asistir a dichos eventos puedan hacerlo a través de quien sea autorizado para la venta oficial”.
La propuesta de la legisladora será turnada a comisiones para ser analizada por los diputados del Congreso del Estado.